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Un 70% de inquilinos se va sin pagar deudas

21 agosto 2019

Medidas. En el programa RTV Economía, abogados analizaron la ley de desalojo notarial cuya finalidad es desalojar a inquilinos morosos de forma más rápida. A pocos meses de su entrada en vigencia consideran que la norma no es 100% efectiva.

Franklin Ocampo: “No todos pueden acceder a ley de desalojo notarial”

Abogado del estudio Torres y Torres Lara

Todo dependerá del tipo de contrato que se tenga suscrito entre el arrendador y el arrendatario. En el mes de abril se aprobó la última ley llamada “desalojo notarial” que nos permite de manera más rápida desalojar a un inquilino moroso pero para ello es importante la celebración del contrato porque no todos los arrendadores tienen la posibilidad de acceder a esta ley porque el contrato debe cumplir ciertas formalidades. No se aplica a todos los contratos suscritos posteriores a la ley porque deben cumplir con ciertos requisitos y condiciones para acceder a la ley. Por ejemplo, hay que celebrarlo por escritura pública o un formato único de arrendamiento que debe llevar una firma legalizada ante un notario público y ello puede llevar a un tipo de encarecimiento.

Por ello, un punto de partida importante es la garantía, además de evaluar al potencial inquilino y el arrendador debería incorporar en una cláusula del contrato las condiciones para paliar futuros problemas.
Son dos momentos importantes que debe considerar el arrendador, que es la celebración del contrato, para ello debe asesorarse adecuadamente. Luego el segundo momento es la ejecución del contrato o elegir el procedimiento de desalojo a seguir ante eventuales incumplimientos del inquilino moroso. Hay que resaltar lo importante que es la asesoría de un experto en la materia.

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