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Aborto por violación: ¿Pena de muerte al concebido?

En épocas electorales vuelven al debate temas recurrentes: despenalizar la eutanasia, aplicar la pena de muerte y despenalizar el aborto. En estos tres temas, el común denominador es, sin lugar a dudas, el derecho a la vida.

En el Perú, el único caso de aborto permitido es el llamado aborto terapéutico; cuando tanto el bien jurídico vida de la madre está en igual peligro que el del feto; ahí es legal y éticamente aceptable salvar a uno de los dos y dejar morir al otro. Los demás tipos de aborto son considerados, -nos guste o no- en nuestro país como delitos. Quizá uno de los casos más controvertidos es el llamado aborto sentimental o aborto por violación. La opinión pública se divide entre quienes defienden el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo y, más aun, si como consecuencia de un acto abominable resulta embarazada y, quienes consideramos que por encima de ese derecho a elegir, está otro más importante como lo es el derecho a la vida del concebido.

Cuando una mujer es violada, solo existe un responsable: el violador. Sobre él debe recaer todo el peso de la ley. Pero los que reclaman que se despenalice el aborto por violación lo que piden en buena cuenta es la aplicación de la pena de muerte para el concebido, es decir, terminan pidiendo un peor castigo (en comparación con el verdadero responsable que solo perderá su libertad) para el que nada de culpa tiene.

En una violación existe una sola víctima, la mujer violada, pero ciertamente su calidad de víctima no la legitima para decidir sobre la vida de ese otro ser que se está formando dentro de su vientre pero que ya existe. Hacerlo es convertirlo por mano propia, en una segunda víctima de la violación.

En lugar de optar por el facilismo, como lo es permitir un aborto y “deshacerse” (literalmente hablando) del problema, el Estado debe direccionar su actuar a dos temas fundamentales: 1) Brindar apoyo psicológico, emocional y permanente acompañamiento a la víctima de la violación para que pueda superar ese terrible episodio y poder dar a luz a la criatura y, 2) Revisar y mejorar la normatividad sobre el procedimiento de adopción para que, en todo caso, el niño al nacer sea entregado a parejas deseosas de adoptarlo y darle una familia que los llene de cariño y amor.

No busquemos el camino más fácil, práctico y sencillo; luchemos con decisión por la defensa del bien más preciado que tiene todo ser humano: la vida.

Sylvia Torres Morales –  Abogada y Socia Principal de Torres y Torres Lara Abogados

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