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Beneficios Tributarios para empresas que inviertan en I+D+i

Por: Carlos García Donayre (*)

Actualmente las empresas que realicen gastos en proyectos de I+D+i  tienen la posibilidad de deducir un 50% o 75% más sobre dichos gastos, en la medida que cuenten con la calificación del CONCYTEC y cumplan con los demás requisitos señalados en la Ley N° 30309. Así, por ejemplo, si una empresa incurre en gastos de I+D+i por un monto de S/ 1,000, podrá deducir como gasto la suma total de S/ 1,500 (+50%) o S/ 1750 (+75%), según corresponda.

Ahora bien, quienes no logren contar con la calificación del CONCYTEC, a diferencia de lo que ocurría anteriormente, no verán afectada la deducción de los gastos en proyectos de I+D+i, pues podrán deducir los gastos incurridos (ej. S/ 1,000) bajo las reglas establecidas en la Ley del Impuesto a la Renta.

Lo recomendable es que quienes deseen invertir en proyectos de I+D+i cuenten con una asesoría legal especializada a fin de que concreten la deducción adicional referida en toda su amplitud. Cabe precisar que este beneficio solo se encontrará vigente hasta el 2019.

(*) Miembro del Area Tributaria y RSE de Torres y Torres Lara – Abogados

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