A partir del 30 de marzo de este año, con la aprobación de los lineamientos para la implementación y funcionamiento del modelo de prevención de delitos, los jueces penales podrán disponer eximir o mitigar de responsabilidad a las personas jurídicas en aquellos procesos seguidos por la comisión de un acto delictivo (vinculado, particularmente, a delitos de cohecho activo genérico, cohecho activo específico, cohecho transnacional, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, colusión y tráfico de influencias), en donde se hayan visto beneficiadas -de manera directa o indirecta-; para ello, es necesario que la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV emita un informe técnico, con calidad de pericia institucional, que analice la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención de Delitos implementado al interior de la persona jurídica.
Como sabemos desde el año 2018, con la entrada en vigencia de Ley 30424, las personas jurídicas podrían implementar un Modelo de Prevención de Delitos, también llamado “Sistema de Compliance Penal” o “Sistema de Prevención de Delitos”, el cual tuviera como objetivo: (i) prevenir la gestión de ilícitos, (ii) actuar frente a un posible acto delictivo y (iii) mitigar o eximir de responsabilidad a la persona jurídica. Sin embargo, esto requiere que los jueces cuenten con pruebas específicas, las cuales no siempre son evidentes, requiriéndose de un equipo especial para conseguirlas.
Es por ello que en los lineamientos para la implementación y funcionamiento del modelo de prevención aprobados, se establece que la SMV verificará que el Modelo de Prevención de Delitos sea un sistema activo al interior de las personas jurídicas y aplicado por la totalidad de sus miembros; es decir, la SMV no solo se asegurará que las personas jurídicas cuenten con los elementos del Modelo de Prevención de Delitos sino que, además, solicitará a las personas jurídicas demostrar el correcto funcionamiento e implementación de este, enfocándose -fundamentalmente- en las evidencias, permitiéndoles ajustarse a las recomendaciones que les realice, para lo cual -las personas jurídicas- podrán apoyarse en terceros especializados, pudiendo tercerizar parte de la gestión o la totalidad de la misma.
En consecuencia, a través de los lineamientos aprobados se destaca lo importante que es para las personas jurídicas contar con una guía, y por otro lado, se faculta normativamente a la SMV para generar recomendaciones, lo cual permite generar seguridad jurídica en nuestro sistema, evitando la discrecionalidad por parte de nuestros jueces penales en los procesos seguidos en contra de las personas jurídicas, puesto que ahora se basarán en informes técnicos de la SMV, con valor probatorio de pericia institucional.
Rafael Torres Morales – Socio principal del Área Corporativa y Jefe del área Comercial de Torres y Torres Lara Abogados
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