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Cooperativas: cómo fortalecer el comité de educación

Viernes 27 de Diciembre del 2019

Un tema que se viene discutiendo desde hace mucho tiempo es cómo fortalecer en las cooperativas la función del denominado Comité de Educación para ejecutar programas educativos destinados a los socios, delegados, dirigentes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, del Comité Electoral y del propio Comité de Educación.

Y la respuesta es siempre la misma: el Comité de Educación no cuenta con recursos.

Pero, ¿cómo es eso posible si el Reglamento de Autocontrol Cooperativo, aprobado mediante Decreto Supremo 004-91-TR, señaló que al Comité de Educación le corresponde un presupuesto anual fijado por la Asamblea General? ¿En qué no se cumple?

Lo cierto es que ese presupuesto está sujeto a que el Consejo de Administración lo eleve a la Asamblea para su aprobación, lo que en la práctica no sucede. Esta inacción no se encuentra sancionada. En consecuencia, no hay incentivo sancionatorio alguno para su cumplimiento.

Existe una corriente de opinión en el sentido de que se proponga un proyecto de Ley General de Cooperativas y que este establezca un porcentaje mínimo para el Comité de Educación y responsabilidad en su ejecución.

Asimismo, para que los informes de auditoría establezcan si el Comité de Educación cumplió o no con la ejecución del presupuesto, y si el Consejo de Administración habilitó dicho presupuesto y, más aún, si la gerencia general realmente puso los recursos a disposición, conforme a lo que actualmente establece el artículo 12 del Reglamento de Autocontrol Cooperativo.

Alonso Morales Acosta, socio principal de TYTL Abogados

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