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Desafíos de prevenir el lavado de activos con el «Open Banking»

El gran avance de la tecnología ha permitido que los servicios financieros se vuelvan cada vez más innovadores. Cada día un mayor número de clientes son usuarios de la banca electrónica, realizando pagos o cualquier otro tipo de trámites bancarios a través de dispositivos móviles.

Esto ha traído consigo el ingreso de nuevos actores -ajenos al sistema financiero- que plantean modelos de negocio y la explotación de canales digitales aprovechando las ventajas de las tecnologías, que tiene como contrapartida la aparición de nuevos riesgos que deben ser prevenidos y enfrentados con el fin mitigar situaciones que afecten gravemente al sector financiero y por supuesto a sus usuarios.

Actualmente, se encuentra en evaluación el Proyecto de Ley No. 1584/2021-CR “Ley que declara de interés nacional y necesidad pública que se fomente la masificación de la Banca Abierta”, siendo la primera iniciativa al respecto en Perú, que tiene como finalidad que los bancos y otras entidades financieras compartan la información que manejan de sus clientes (flujo de ingresos, gastos, pagos y productos adquiridos en el sistema financiero, etc.) -previa autorización de estos- con otros proveedores externos de soluciones financieras, como lo son las FINTECH.

Históricamente, las entidades financieras eran las únicas que manejaban y gestionaban la información de sus clientes y ahora a través de este nuevo modelo son los consumidores -como verdaderos propietarios de sus datos- los que podrán elegir dentro del ecosistema de servicios financieros, los proveedores de servicios preferidos para obtener determinado producto o servicio financiero.

Uno de los beneficios que trae consigo el Open Banking es el permitir que se oferten nuevos productos y servicios financieros, que se creen productos acordes al perfil del consumidor, la promoción de la inclusión financiera, así como la generación de un ahorro en el consumidor pues los productos que se ofrezcan serán de menor costo debido a que existirá mayor oferta.

Sin embargo, el Open Banking implica muchos riesgos por el manejo de la información de los consumidores, riesgos cibernéticos, riesgos de fraude, riesgos de continuidad del negocio, riesgos de lavado de activos, entre otros, los que deben ser prevenidos y mitigados de manera oportuna.

En el caso del riesgo de lavado de activos, se sabe que las organizaciones criminales que blanquean dinero, con el tiempo han venido especializando sus tipologías, técnicas y modalidades para introducir el dinero que proviene de fuentes ilícitas y darle la apariencia de legalidad; y uno de los medios que utilizan con más frecuencia es el uso de productos financieros que trae consecuencias de gran escala en la estabilidad del sistema financiero.

En ese contexto, el cumplimiento de obligaciones en materia de prevención de lavado de activos con un enfoque basado en la gestión de este riesgo va a tener que hacerse extensiva para las FINTECH que se convierten en una parte del ecosistema financiero. Para lograr ello, es necesario un adecuado entorno normativo y reglamentario, así como una supervisión efectiva que no solo asegure su cumplimiento y evalúe su funcionamiento, sino también su implementación, sin que ello implique imposibilitar ni retardar la operatividad de las FINTECH ni crearles barreras de acceso o permanencia en el mercado.

Ahora, si bien esto va a traer consigo que las FINTECH incrementen sus costos operativos, costos que trasladarán finalmente a los usuarios, resulta necesario que implementen un sistema que gestione el riesgo de lavado de activos, ante la inminencia de que las organizaciones criminales los utilicen como un medio para sus fines.

Es por todo lo anterior que la hoja de ruta para la implementación de la Banca Abierta que la SBS viene trabajando con el BCRP debe incluir la mitigación no solo del riesgo en el tratamiento de los datos de clientes, sino también el riesgo de lavado de activos como un punto esencial a ser desarrollado y debatido. Por ello no se debe correr en su aprobación y promulgación sin analizar y poner en una balanza los riesgos que trae consigo.

Se debe tener en cuenta que actualmente la supervisión de entidades financieras en materia de prevención de lavado de activos presenta deficiencias y debilidades en la normativa que no se adecúa a la rápida evolución de los servicios financieros digitales facilitando -de este modo- la actuación de las organizaciones criminales que tienen gran libertad y facilidad para lavar activos, ocultarlos en el sistema financiero y legalizarlos en favor del crimen organizado. Ello ocasiona que crezcan redes complejas que se benefician de la impunidad y coparticipación criminal.

No menos importante es que los reguladores recaben información y experiencia de otros países que ya lo tienen regulado e implementado, como es el caso de México, el Reino Unido, entre otros. Asimismo, consideramos importante que las entidades financieras, así como las FINTECH, participen también con los reguladores en este proyecto, pues son ellos los que conocen a sus clientes, mercado y productos, no olvidando que la información que compartirán no es de su propiedad sino de los usuarios.

Lo expuesto no debe ser entendido como una oposición a la implementación de la Banca Abierta en nuestro país, pues es una tendencia mundial en la industria financiera que puede significar un cambio importante en la manera en que se vienen desenvolviendo los servicios financieros en el país, que beneficiarán tanto a los bancos, FINTECH como a los usuarios. Estamos de acuerdo con el avance, pero una adecuada regulación brindará la seguridad jurídica que se requiere.

Johana Benites Iriarte, Abogada Asociada Senior y Líder del área de Servicios Financieros de TYTL Abogados

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