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¿El ganar-ganar, se da en la colaboración eficaz?

La respuesta es sí. Dado que los participantes pueden beneficiarse de una u otra forma. En primer lugar, se beneficia el colaborador o delator, también conocido como whistleblower en la jerga legal anglosajona, que, a cambio de delatar a sus secuaces criminales -pues entendemos que es un “arrepentido”-, podrá beneficiarse con alguna de estas posibilidades: 1) se exime de toda pena al colaborador, 2) se reduce la pena, 3) recibe prisión suspendida (no va a la cárcel) o, 4) en caso de estar preso, puede salir en libertad. Además, si el interesado se encuentra con prisión preventiva, esta podría cambiarse por otras medidas menos graves.

En segundo lugar, gana el Estado y los ciudadanos. Primero, porque “es preferible la impunidad de uno de los cómplices que la de todos”, como expresó alguna vez Jeremy Bentham. A la sociedad le conviene, desde luego, tener a un delator libre a cambio de quebrar desde sus bases a una organización criminal y descubrir los actos ilícitos de otras muchos. Todo es una cuestión de utilidad, y una colaboración eficaz nos es útil a todos, incluso a los abogados.

Como decíamos, los defensores y fiscales también se benefician. No solamente porque un procedimiento de colaboración hace más rápido el trabajo de todos, sino porque además se utiliza un mecanismo ciento por ciento legal en favor de los intereses de sus patrocinados (en el caso de los abogados) y en beneficio del Estado y la ciudadanía (en el caso de los fiscales).

Pongámonos en el siguiente supuesto: usted ha cometido graves delitos en cooperación con otras personas, pero nadie lo sabe aún. Un día cualquiera, mientras usted ve el noticiero, ve que algunas de las personas con las que se agrupó para cometer los actos ilícitos están empezando a ser investigadas por la Fiscalía. En ese preciso momento usted sabe que será el siguiente en ser descubierto. ¿Qué debería hacer?

La respuesta más evidente es esperar a que sea incluido en la investigación (después de todo, aún no lo descubren). La respuesta más prudente, sin embargo, es contactar a su abogado penalista de confianza. Este guiará a la persona en el camino y podrá iniciar un proceso de colaboración eficaz con la Fiscalía, incluso antes de que se inicie un proceso o investigación. Las leyes permiten que cualquiera, incluso alguien que no está procesado, se someta a un procedimiento de colaboración eficaz. Eso así, preferible ser siempre de los primeros colaboradores, así nadie se adelanta, y la información que se proporcione a la Fiscalía será mejor recibida porque será más útil.

Ahora, una vez sometido a la colaboración, ¿bastará con que delate a otros para que se libre de penas? Algún abogado puede hacerle creer que sí, pero la verdad es que no es suficiente delatar y declarar para obtener los beneficios. La razón es muy sencilla: todo lo que usted diga, se debe corroborar, es decir debe comprobarse, constatarse. Para ello, el abogado orientará al interesado a fin de que elija bien lo que dirá y el cómo lo dirá, es decir, el defensor debe conocer qué información ayudará a su defendido, motivándolo siempre a decir la verdad, pues lo que es mentira difícilmente puede corroborarse, y lo que no puede comprobarse, no puede disminuir -ni mucho menos- desaparecer una pena de cárcel efectiva.

Es por esa razón que el abogado del colaborador debe tomar con especial responsabilidad dicho trabajo, y estar siempre al tanto de las últimas normas y leyes de colaboración eficaz. El defensor debe procurar que no se perjudique a personas inocentes en la colaboración, y conseguir el mayor nivel de beneficios para su defendido. El letrado debe conocer y saber interpretar, casi al pie de la letra, cómo presentar la solicitud de colaboración, debe conocer cuáles son los requisitos procesales para que proceda la colaboración, será necesario entender que cierta información es más valiosa que otra y, sobre todo, tener bien presente cuáles son los beneficios que se concederán a su patrocinado y cuál será la estrategia para obtenerlos.

El proceso de colaboración eficaz puede parecer peligroso a una persona que ha formado parte de una organización criminal. Puede atemorizar incluso a quienes no formaron parte de ella directamente, pero cooperaron. Es natural pensar en posibles represalias o consecuencias por colaborar con la justicia. Sin embargo, un buen abogado defensor conoce cada derecho de su defendido y hace lo posible porque ellos se cumplan de forma eficaz.

El defensor sabe, por ejemplo, que el artículo 473.4. del Código Procesal Penal establece que es derecho de su patrocinado solicitar, de ser el caso, medidas de aseguramiento personal, es decir, solicitar que su defendido se encuentre protegido durante el proceso. Además, conoce que el procedimiento de colaboración eficaz es reservado, esto es, que no debe ser conocido por nadie más que las personas autorizadas para ello, y sabrá hacer respetar dicho carácter reservado, a fin de contribuir con la seguridad del colaborador.

Retomando la idea de los beneficios, ¿qué debe procurar un abogado para que su defendido reciba los máximos beneficios? A fin de que un colaborador se libre de toda pena o salga de prisión si se encuentra en ella, el grado de importancia de la información que entrega debe ser proporcional, es decir, mientras más y mejor información, más y mejores beneficios.

Ahora bien, si el colaborador pretende obtener algunos de los otros dos beneficios, será más sencillo. Esto se debe a que dichos beneficios no son tan grandes y, por lo tanto, la información que debe dar no es muy exigente. Lo repetimos: mientras mayor y mejor sea la delación, es decir, la colaboración con la justicia, mayor y mejor será el beneficio.

De esta forma se tiene, que un procedimiento de colaboración eficaz no es un “ponerse de acuerdo con la impunidad”, sino un mecanismo eficaz en beneficio de la ciudadanía y el Estado.

Percy Huaroc Llaja, Socio y Líder del área Penal de TYTL Abogados.

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