La Comisión de Energía y Minas del Congreso ha aprobado el predictamen que propone extender la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) hasta el 31 de diciembre de 2027. Se trata de la quinta ampliación consecutiva de un mecanismo concebido inicialmente para facilitar la transición de la actividad minera informal hacia la formalidad, pero que, en la práctica, ha terminado por consolidar un régimen de excepción ambiental y administrativa sin resultados verificables en materia de formalización.
Un mecanismo excepcional convertido en regla permanente
El REINFO fue creado como un procedimiento temporal para regularizar situaciones mineras preexistentes. Sin embargo, las ampliaciones sucesivas han generado un incentivo perverso: permitir la continuidad de actividades extractivas sin el cumplimiento pleno del marco jurídico ambiental, tributario y de seguridad minera aplicable a los operadores formales.
La extensión propuesta no solo carece de una justificación técnica que evidencie avances reales en formalización, sino que profundiza la asimetría existente entre la minería formal, que asume estándares ambientales estrictos, y los operadores inscritos en el REINFO, que continúan realizando actividades extractivas al margen del sistema.
Impacto constitucional: el pronunciamiento del Tribunal Constitucional
En abril de 2025, el Tribunal Constitucional, mediante la Sentencia del Expediente N.º 00017-2023-PI/TC, concluyó que la ampliación del REINFO hasta junio de 2025 vulneraba el derecho fundamental a la salud desde una perspectiva objetiva. La razón: la ampliación no estaba acompañada de medidas efectivas de prevención, reducción o mitigación de los impactos ambientales asociados a la pequeña minería y minería artesanal informal.
De acuerdo con el Tribunal, la ampliación constituía una amenaza “real e inminente” a la salud pública.
Bajo ese criterio, una nueva ampliación —como la que actualmente impulsa la Comisión— resultaría objetivamente inconstitucional, en tanto reproduce los mismos vicios y omisiones advertidos por el máximo intérprete de la Constitución.
Riesgo jurídico: creación de un “derecho a contaminar”
La ampliación del REINFO genera un problema jurídico adicional: mientras un operador permanezca inscrito en el registro, el Estado queda limitado para ejercer potestad sancionadora por infracciones ambientales, incluso cuando se trate de conductas dolosas, intencionales o de grave afectación ecológica, como el vertimiento de mercurio en cuerpos de agua, la deforestación masiva o el uso de explosivos sin control.
En términos prácticos, esto configura un vacío de fiscalización que equivale a consagrar un “derecho a contaminar”, al impedir que las autoridades ambientales y mineras actúen oportunamente frente a daños graves y continuados.
Consecuencias económicas y reputacionales
La propuesta legislativa también compromete la capacidad del Estado para atraer inversión minera responsable. La ampliación del REINFO:
- Afecta la percepción de estabilidad regulatoria,
- Debilita la función fiscalizadora del Ejecutivo,
- Distorsiona la competencia entre minería formal e informal,
- Incrementa el riesgo ambiental en territorios sensibles como la Amazonía,
- Compromete la gobernanza de recursos naturales.
Asimismo, dificulta posicionar al Perú como un destino confiable para proyectos mineros de gran escala, especialmente aquellos regidos por estándares internacionales de sostenibilidad y cumplimiento ambiental.
Consecuencias en la gobernanza ambiental
El proyecto de ley genera una presión adicional sobre un sistema institucional ya debilitado. Al permitir que operadores informales continúen bajo un régimen de excepción indefinida, se compromete la eficacia del principio de autoridad, el respeto al ordenamiento jurídico y el cumplimiento de los compromisos ambientales asumidos por el Estado peruano.
Su aprobación implicaría una renuncia expresa del Ejecutivo a ejercer su función fiscalizadora, además de abrir la puerta a impactos ambientales de largo plazo en zonas de alta fragilidad ecológica, como la Amazonía.
La ampliación del REINFO no solo vulnera principios constitucionales ya advertidos por el Tribunal Constitucional, sino que configura un riesgo ambiental, institucional y económico de gran magnitud. Insistir en su extensión sin un rediseño estructural del proceso de formalización minera supone prolongar un régimen de informalidad tolerada, en perjuicio de millones de peruanos y de la sostenibilidad de nuestros ecosistemas.
Por ello, resulta indispensable que el Congreso de la República desista de aprobar esta ampliación y oriente sus esfuerzos hacia un sistema de formalización integral, transparente y verificable, que garantice la protección del medio ambiente y fortalezca la gobernanza en el sector minero.
Bruno Vega Nuñez, Abogado Asociado y Líder del Área de Energía y Recursos Naturales de TYTL Abogados
