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Empresas que subcontratan tendrán que intensificar su diligencia para el tratamiento de datos personales

Las empresas serán responsables por el tratamiento de datos personales que haga los call centers que subcontratan.

Las empresas deberán ser más diligentes para controlar que los servicios de call centers que hayan subcontratado ejecuten un tratamiento de datos personales adecuado y, de esa manera, reducir su exposición a sanciones. La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANDP) multó recientemente a Oncosalud con S/139,207 por permitir que su call center contactara para fines publicitarios a usuarios que no lo autorizaron.

Al margen de la sanción impuesta, la Autoridad introdujo un nuevo elemento a tomar en cuenta: la empresa principal puede ser responsable del tratamiento de datos que haga el tercero que subcontrata, aunque sea éste último el titular del banco de datos.

(…)

Siguiendo esta línea, los contratos que extiendan las empresas principales tendrán que incluir supuestos de control y verificación para demostrar que actuaron con diligencia. “Por ejemplo, podrían solicitar [al call center], con una periodicidad mensual, el listado de personas con las que estableció contacto, así como copias que acrediten su consentimiento”, comenta Alejandro Morales, jefe del Área de Derecho y Nuevas Tecnologías en Torres y Torres Lara Abogados.

(…)

Esto podría implicar que el call center asuma el compromiso de reembolsar los costos en los que pueda incurrir la empresa principal, si se le abre un procedimiento por alguna actuación indebida que haya tenido este tercero.

Finalmente, la fiscalización podría acentuarse a raíz de un reciente proyecto aprobado en el Congreso que prohíbe el uso de call centers para promover productos o servicios a personas que no lo hayan consentido de forma previa.

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