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¿Es posible fraccionar la deuda tributaria?

Diario El Peruano

4 de abril 2016

Navarro Palacios, Indira
Tributario

El nuevo Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Tributaria permite que las personas naturales sin negocio, estén obligadas a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y puedan solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda por la regularización de manera inmediata. Esta es una interesante alternativa que les facilita cumplir con sus obligaciones tributarias sin mayores inconvenientes. Así lo informó la Dra. Indira Navarro, socia principal y Jefa del área tributaria de Torres y Torres Lara (TyTL) Abogados, quien indicó que si los contribuyentes deudores no optan por pedir esta facilidad de inmediato, podrán hacerlo luego de que transcurran cinco días hábiles desde la fecha de presentación de su declaración.

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