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Métodos Comerciales Coercitivos

Revista Consumo Respeto
Noviembre 2016 – Diciembre 2016

Ralph Sánchez Yaringaño
Consumidor – Competencia

¿Qué hacer en caso nos encontremos ante un método comercial agresivo por parte de una agencia 30de viajes? ¿se puede recuperar el dinero?

Las ventas agresivas y engañosas se caracterizan porque merman de forma significativa la libertad de elección de los consumidores.

Para ello, el Código del Consumidor otorga el derecho a la restitución inmediata, en caso la empresa haya incurrido en dichas prácticas, otorgando un plazo de siete días calendario, contados a partir del día siguiente en que se produjo la contratación del producto o servicio, sin perjuicio de que el consumidor pueda tomar las acciones legales correspondientes.

Para acceder al derecho a la restitución, solo basta que el consumidor informe fehacientemente e indubitablemente a la agencia de viaje, su decisión de recuperar su dinero, por haberse visto inmerso en una práctica agresiva o engañosa, dentro de los plazos señalados por la norma.

¿Con qué mecanismos cuentan los consumidores para dejar sentada su disconformidad ante mecanismos agresivos o engañosos?

Un consumidor, generalmente recién se dará cuenta que es víctima de un método comercial agresivo o engañoso de manera posterior a la firma del contrato que lo vincule. Por ello es importante que una vez que se percate de su situación, interponga un reclamo en el Libro de Reclamaciones, y que busque juntar todos los medios de prueba para acreditar que la empresa proveedora actuó de mala fe, si se puede filmar o grabar los hechos, no dude en hacerlo.

En temas de servicios educativos, ¿Pueden los colegios no renovar la matrícula de los menores?

Los Centro Educativos podrán no renovar la matrícula de los menores, solo cuando se encuentre debidamente estipulado en el Reglamento Interno del Colegio como consecuencia de haber incurrido en una causal objetiva, debidamente informada de manera previa como tal, como por ejemplo en caso de deudas acumuladas con la institución.

¿Qué hacer si el colegio pretende exigir la totalidad de útiles escolares el primer día de clases?

Si ello ocurre, el padre o madre de familia debe estar en capacidad de poder probar dicha exigencia, ya sea a través de un comunicado entregado por el plantel, o a través de alguna anotación o esquela donde evidencie dicha exigencia.

Con ello, puede acercarse ante el INDECOPI para presentar una denuncia que podría traer multas administrativas al plantel educativo, por atentar contra la economía familiar y por incumplimiento a la Ley de Centro Educativos Privados.

Pero generalmente los padres no presentan sus reclamos por temor a las represalias contra sus menores hijos. ¿Cómo enfrentar ese problema?

Es verdad y, según entiendo, en ASPEC se reciben cada año muchos de ellos. En este tipo de situaciones, lo aconsejable es que los padres, en la medida de lo posible, traten de unirse a otros que estén afrontando el mismo problema y presenten ante la institución educativa un reclamo en conjunto. Si un padre actúa en solitario, existen más posibilidades de que ocurra lo que mencionas. Pero el colegio se lo pensará dos veces sin son varias quienes lo hacen a la vez. El viejo dicho que «la unión hace fuerza», también se aplica en este caso. Igualmente, pueden pedir a asociaciones de consumidores como ASPEC que intervengan sin necesidad de revelar la identidad de los denunciantes.

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