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Noticias destacadas – 06/08/2021

Lima, 06 de agosto de 2021

AFP: CONGRESO DE LA REPÚBLICA PROMULGA LEY DE JUBILACIÓN ANTICIPADA PARA PERSONAS DE 50 AÑOS

 

Presidenta del Congreso firmó autógrafa junto a sus vicepresidentes en su despacho.

Fuente: Diario Correo

Lee la noticia completa en: https://diariocorreo.pe/economia/afp-congreso-promulga-ley-de-jubilacion-anticipada-para-personas-de-50-anos-noticia/

Resumen:

El Congreso de la República, dirigido por María del Carmen Alva Prieto, decidió promulgar la autógrafa de la Ley que permite que los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan jubilarse desde los 50 años de edad.

Esta iniciativa fue aprobada por el Congreso anterior el pasado 2 de julio, pese a tener informes en contra del Ministerio de Economia, el Banco Central de Reserva y Superintendencia de Banca y Seguros.

Al respecto, la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, en un acto desarrollado en su despacho, señaló que la llamada Ley REJA es una ley que beneficia a muchos peruanos en una coyuntura difícil por la emergencia nacional.

“Después de haber transcurrido el plazo legal para que el Poder Ejecutivo pueda pronunciarse y al no existir observación alguna, corresponde al Poder Legislativo promulgarla”, destacó la titular del Parlamento.

Alva estuvo acompañada de los tres vicepresidentes del Congreso: Lady Camones (Alianza para el Progreso), Enrique Wong Pujada (Podemos) y Patricia Chirinos (Avanza País).

“Procede la jubilación cuando el afiliado mayor de cincuenta (50) años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40 % del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones”, indica el cambio realizado al artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.

Asimismo, de acuerdo a la disposición complementaria de las norma, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos (SBS) determinará el procedimiento para su cumplimiento “en un plazo no mayor de treinta días calendario, contados a partir del día siguiente de su vigencia”.

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Foto: RPP

BUENAVENTURA PAGÓ DEUDA TRIBUTARIA POR MÁS DE S/2,134 MILLONES A LA SUNAT

 

La Sunat informó que el pago realizado por la empresa minera es una de las operaciones más grandes que se han realizado a la fecha.

Fuente: Diario Perú21

Lee la noticia completa en: https://peru21.pe/economia/buenaventura-pago-deuda-tributaria-por-mas-de-s-2134-millones-a-la-sunat-nndc-noticia/

Resumen:

La Compañía Minera Buenaventura S.A.A. canceló al Estado peruano una deuda tributaria por más de S/ 2,134 millones, informó este jueves la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

En un comunicado, el ente tributario dijo que el pago efectuado por la empresa minera representa “una de las operaciones de pago más grandes realizadas a la fecha”.

“La deuda había sido determinada por la entidad tributaria en procesos de fiscalización del Impuesto a la Renta correspondientes a los periodos 2007, 2008, 2009 y 2010 y comprende, además, las multas respectivas”, señaló.

Indicó que la decisión de la Sunat fue ratificada por el Tribunal Fiscal en última instancia administrativa, así como también por el Poder Judicial, como resultado de la controversia suscitada sobre la procedencia de la determinación tributaria realizada por la indicada institución.

Para pagar la deuda, la Sunat informó que Compañía Minera Buenaventura S.A.A. se acogió a un fraccionamiento. Sin embargo, antes de vencer el plazo para el pago de su primera cuota, la empresa comunicó su voluntad de abonar el monto total de su deuda, lo cual se concretó el pasado fin de semana.

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Foto: Gestión

TARIFAS ELÉCTRICAS: OSINERGMIN ACLARA QUE SUBIÓ EL PRECIO DE ESTE SERVICIO EN TODO EL PAÍS

Desde el miércoles 4 de agosto, el incremento es de 3.45% para los consumidores residenciales y 3.92% en las industrias y comercios, según el ente supervisor.

Fuente: Diario Perú21

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Resumen:

El incremento de las tarifas eléctricas a partir de agosto se fundamenta básicamente en el alza del dólar y el incremento en el precio internacional del cobre, informó el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

A través de un comunicado, el regulador explicó que para la actualización de tarifas eléctricas “ha sido determinante el comportamiento del tipo de cambio del dólar en nuestro país, así como la variación a nivel internacional de los precios del cobre y del aluminio, componentes básicos de la infraestructura del sector eléctrico”.

También precisó que la actualización de las tarifas se realiza de manera técnica, autónoma e imparcial.

En ese sentido, Osinergmin sostuvo que desde el último miércoles las tarifas eléctricas domiciliarias presentan una variación promedio de 3.45%.

Al respecto, detalló que si un hogar pagaba, por ejemplo, S/ 50 mensuales en su recibo de luz, a partir de agosto de 2021 este monto tendrá una diferencia de aproximadamente S/ 1.73.

Con respecto a los usuarios comerciales e industriales, el organismo supervisor indicó que será de 3.92%.

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Foto: Gestión

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