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Noticias destacadas – 10/03/2021

Lima, 10 de marzo de 2021

MINEDU: GOBIERNO APROBÓ PROTOCOLO PARA RETORNO A CLASES PRESENCIALES DE FORMA GRADUAL

El ministro de Educación, Ricardo Cuenca, afirmó que alrededor del 20% de colegios rurales están en capacidad de retomar sus actividades de forma presencial.

Fuente: Gestión

Lee la noticia completa en: https://gestion.pe/peru/protocolo-para-retorno-a-clases-presenciales-de-forma-gradual-se-publicara-este-miercoles-nndc-noticia/?ref=gesr

Resumen:

El Ministerio de Educación (Minedu) anunció que se publicó el protocolo que permitirá a las escuelas brindar nuevamente clases presenciales de forma gradual.

“Mañana (hoy miércoles 10) se publicará la norma técnica con las indicaciones de gestión y pedagógicas y a partir de ello ojalá podamos regresar”, dijo el ministro de Educación, Ricardo Cuenca, durante su participación en CADEx.

“Al final la decisión es una decisión que se toma en las escuelas. Se toma con los docentes, con los directores, con las familias para si, efectivamente, se puede tomar el acuerdo de volver a clases”, precisó Cuenca.

Según el titular del Minedu, alrededor de un 20% de escuelas rurales se encuentran actualmente en capacidad de reiniciar sus actividades de forma presencial.

“Estos protocolos incluyen todos los procedimientos de apertura pero (también) de cierre si fuese el caso a través de procesos también ya trabajados con el Ministerio de Salud (Minsa)”, detalló.

Cuenca adelantó que en caso se detecte algún caso de contagio en las escuelas, se optará primero por el impedimento de asistencia a todos los alumnos del aula afectada y, de ser necesario, también se procederá al cierre total del local.

En semanas anteriores, el ministerio ha sido enfático en que el retorno a clases en las provincias incluidas en el nivel extremo frente a los contagios del COVID-19 no será posible.

Sin embargo, el regreso a las aulas será gradual, seguro, flexible, voluntario y en ningún caso negligente a través del diseño del plan “Buen Retorno al Año Escolar 2021″.

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SUNAT RECIBIÓ DATOS DE 43,000 PERUANOS CON MÁS DE US$ 13,000 MILLONES EN CUENTAS DEL EXTRANJERO

Ente tributario determinará si los titulares de dichas cuentas y operaciones comerciales han cumplido con el pago de los impuestos correspondientes en Perú.

Fuente: Diario Correo

Lee la noticia completa en: https://diariocorreo.pe/economia/sunat-recibio-datos-de-43000-peruanos-con-mas-de-us-13000-millones-en-cuentas-del-extranjero-nndc-noticia/?ref=dcr

Resumen:

Sunat recibió información de cuentas bancarias y por operaciones comerciales correspondiente a más de 43,000 personas de alto patrimonio y empresas nacionales con sucursales en el exterior por un valor mayor a los US$ 12,000 millones en los dos primeros meses de iniciado el intercambio recíproco de información financiera y tributaria que promueve la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Esos datos fueron remitidos a la entidad por las administraciones tributarias de 13 jurisdicciones, entre ellas, Islas Caimán, Suiza, Bélgica, Eslovenia, Italia, Japón y Países Bajos, entre otros; y se espera que en las próximas semanas y meses se reciba información de otros países.

La información será incorporada al modelo de riesgo de cumplimiento tributario de Sunat para determinar si los titulares de dichas cuentas y operaciones comerciales han cumplido con el pago de los impuestos correspondientes en el Perú.

Del monto total, aproximadamente US$ 7,000 millones han sido informados al Perú por los entes tributarios de Islas Caimán y Suiza, a partir de la información financiera a la que tienen acceso en sus respectivos países. Dichas jurisdicciones, antes conocidas por su poca transparencia, ahora son integrantes del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información de la OCDE.

El titular de Sunat, Enrique Vera, refirió que la entrega de información financiera al Perú es posible porque actualmente somos considerados como una jurisdicción recíproca, es decir, que puede recibir y enviar información financiera y tributaria de las personas y empresas, nacionales y extranjeras.

En su condición de jurisdicción recíproca, en diciembre pasado el Perú envió a las administraciones tributarias extranjeras información financiera de los ciudadanos y empresas foráneas en cuentas ubicadas en bancos peruanos, como es el saldo y rendimientos acumulados.

En ese mismo mes, también se ha enviado y recibido información tributaria relacionada a precios de transferencia y a la estructura empresarial de las multinacionales contenida en los Reportes País por País.

Estas medidas de transparencia financiera y tributaria que promueve la OCDE tienen fines de intercambio internacional para la reducción de la evasión y elusión tributaria en los países de origen.

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CONGRESO APROBÓ NULO EL DESPIDO DE TRABAJADORAS POR EMBARAZO, NACIMIENTO O LACTANCIA

La disposición, aprobada por mayoría en el Pleno del Congreso, indica que esto aplica en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.

Fuente: RPP Noticias

Lee la noticia completa en: https://rpp.pe/economia/economia/congreso-aprobo-anular-despido-de-trabajadoras-por-embarazo-nacimiento-o-lactancia-noticia-1324999?ref=rpp

Resumen:

El Congreso aprobó, en el marco del Pleno Mujer, el dictamen que anula el despido de trabajadoras por causa de embarazo, nacimiento o lactancia.

La medida, aprobada con 92 votos a favor y 9 abstenciones, modifica el inciso e) del artículo 29 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, el cual tuvo luz verde en el Decreto Supremo 003-97-TR.

Con esto se determina que un empleador no puede despedir a su trabajadora en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.

Si en estos casos el empleador no acredita la existencia de causa justa para despedir, entonces se presume que el despido se ha producido por causa del embarazo.

Esta disposición también aplica para aquellas trabajadoras que se encuentren durante periodo de prueba, así como a las que prestan servicios bajo el régimen de tiempo parcial de cuatro o menos horas diarias.

Cabe indicar que esto es aplicable siempre y cuando la empresa o empleador ha sido notificado del embarazo previamente a través de un documento.

De acuerdo con el congresista que sustentó la iniciativa, Daniel Oseda Yucra, esta medida tiene como objeto expandir la protección contra el despido arbitrario de las mujeres embarazadas o en periodo de descanso pre y postnatal, así como durante el periodo de lactancia.

El Poder Ejecutivo deberá adecuar el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo a la modificación en el plazo de treinta días hábiles.

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