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Noticias destacadas – 21/05/2021

Lima, 21 de mayo de 2021

AHORA PRESTADORAS DE INTERNET DEBERÁN GARANTIZAR EL 70% DE VELOCIDAD MÍNIMA

La ley aprobada por insistencia en el pleno del Congreso establece que Osiptel deberá emitir en un plazo máximo de 60 días las normas de carácter reglamentario que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones.

Fuente: Diario Gestión

Lee la noticia completa en: https://gestion.pe/economia/ahora-prestadores-de-internet-deberan-garantizar-el-70-de-la-velocidad-minima-noticia/?ref=gesr

Resumen:

Los prestadores de servicios de Internet deberán garantizar el 70% de la velocidad mínima ofrecida en los contratos con los consumidores o usuarios, y establecidas en sus planes (postpago, prepago y otros) publicitados en los diferentes medios de comunicación, así lo dispuso el Congreso tras aprobar por insistencia la ley de velocidad mínima.

Cabe indicar que la norma, denominada “Ley que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y monitoreo de la prestación del servicio a favor de los usuarios” ha si llevada al pleno a su insistencia.

En la sesión del pleno de hoy fue aprobado por 111 votos a favor, cero en contra y una abstención, tras pasar la semana pasada por las Comisiones de Transportes y Comunicaciones y la Comisión de Defensa del Consumidor.

En la ley se establece que Osiptel deberá emitir en un plazo máximo de 60 días las normas de carácter reglamentario que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, es decir que se apliquen a garantizar el 70% mínimo.

Cabe anotar que actualmente la velocidad mínima garantizada es 40%.

Durante la sesión de Codeco, de la semana pasada, se pidió a Osiptel cumplir su rol de regulación para que los proveedores de internet no realicen conductas no deseadas como la reducción de la velocidad ofrecida.

Por su parte, en el sector privado, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN), dijo la semana pasada que con esta medida se está poniendo en riesgo el acceso a esta tecnología a los casi 5 millones de personas que no gozan de la misma.

Recordó que, como es de conocimiento público, existen barreras a la expansión de infraestructura de telecomunicaciones que no se han solucionado y que por el contrario se requiere la promoción de este despliegue a nivel nacional.

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¿DÓNDE ENCONTRAR CAMAS UCI Y PUNTOS DE RECARGAS DE OXÍGENO?: OPEN-COVID PERÚ LANZA MAPA INTERACTIVO

Portal muestra también información de disponibilidad de camas implementadas para pacientes COVID-19. La web creó una sección dedicada exclusivamente al seguimiento del avance de la vacunación.

Fuente: Diario Correo

Lee la noticia completa en: https://diariocorreo.pe/peru/coronavirus-open-covid-peru-lanza-mapa-interactivo-encontrar-camas-uci-y-puntos-de-recarga-de-oxigeno-pandemia-del-covid-19-segunda-ola-nndc-noticia/?ref=dcr

Resumen:

El portal OpenCovid-Perú se renovó y lanzó un mapa interactivo para que el ciudadano pueda encontrar la disponibilidad de camas UCI, camas implementadas para pacientes COVID-19, y puntos de recarga de oxígeno medicinal.

Este portal muestra la información de forma actualizada en tiempo real para ayudar a las personas a encontrar estos datos durante la crisis sanitaria por el nuevo coronavirus. A la fecha, desde iniciada la pandemia, se reporta más de 66 mil peruanos fallecidos a causa de esta enfermedad, según el Ministerio de Salud (Minsa).

“Durante esta segunda ola, los pedidos en busca de camas UCI y oxígeno se han vuelto a incrementar en las redes sociales. Ante esta necesidad de información, la web OpenCovid-Perú se renovó para mostrar la información de estos recursos de manera clara y rápida”, señala el comunicado.

El mapa interactivo muestra en tiempo real y con ayuda de la geolocalización, la disponibilidad de camas UCI, camas COVID y oxígeno en todo el territorio peruano. Y para las personas que desean informarse se elaboró una página con gráficos estadísticos sobre la afectación de la pandemia a nivel nacional, regional y distrital.

Asimismo, en esta nueva versión de OpenCovid-Perú se creó una sección dedicada exclusivamente a la vacunación. A través de una infografía interactiva se podrá visualizar cuántas vacunas han llegado al Perú, cuántas personas se han vacunado (con desagregados por regiones), y cuánto faltaría para que todos los peruanos puedan vacunarse.

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APRUEBAN REGLAMENTO DE LA ACTIVIDAD DE FINANCIAMIENTO PARTICIPATIVO FINANCIERO

José Asti, director de Asuntos Financieros de la Sociedad de Derecho y Empresas Digitales (Sodital), indicó que el denominado ‘Crowdfunding’ trae consigo novedosos beneficios para los demandantes de capital (receptores) y los ofertantes de préstamos (inversionistas).

Fuente: Perú21

Lee la noticia completa en: https://peru21.pe/economia/crowdfunding-aprueban-reglamento-de-la-actividad-de-financiamiento-participativo-financiero-ventajas-nndc-noticia-noticia/?ref=p21r

Resumen:

La Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) aprobó mediante Resolución de Superintendente N° 045-2021-SMV/02 el “Reglamento de la Actividad de Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras”, también denominado Crowdfunding.

Esta norma tiene el objeto de regular la actividad de financiamiento participativo financiero que se realice en el territorio nacional, así como fijar los procedimientos y requisitos exigibles para constituirse y operar como Sociedad Administradora de Plataformas de Financiamiento Participativo Financiero.

La actividad de financiamiento participativo financiero (FPF) es aquella en la que, a través de una plataforma administrada por una Sociedad Administradora, se pone en contacto a receptores que solicitan financiamiento para destinarlo a un proyecto de tipo personal o empresarial, con inversionistas que buscan obtener un retorno financiero por los recursos que aportan.

La regulación establece que la actividad puede ser realizada bajo las modalidades de FPF mediante la emisión de valores y de FPF de préstamos.

BUENOS ESTÁNDARES

La norma ha sido elaborada tomando en cuenta los mejores estándares que regulan dicha actividad a nivel internacional adaptándolos a la realidad peruana, señaló la SMV.

“La regulación aprobada prevé un enfoque flexible y la implementación gradual de diversas exigencias y requisitos que posibiliten un desarrollo ordenado de dicha actividad, reconociendo su potencial como mecanismo alternativo de financiamiento, pero sin dejar de reconocer la importancia de que esta actividad se realice bajo un marco de protección a los inversionistas, lo cual sustenta su regulación y supervisión”, precisó la entidad.

La regulación de esta importante actividad se encuentra contemplada en la “Hoja de Ruta para fortalecer el rol del mercado de valores peruano de cara al financiamiento del sector corporativo”, y para su elaboración se contó con la asistencia técnica del Banco Mundial, con el soporte de la Cooperación Suiza – SECO.

La norma que, estará vigente a partir mañana 21 de mayo, contempla los procedimientos y requisitos que deberán cumplir las Sociedades Administradoras de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero para obtener su autorización de organización y funcionamiento, la creación de un registro especial de ellas, las obligaciones y parámetros prudenciales que dichas sociedades administradoras deberán cumplir.

VENTAJAS

Para José Asti, director de Asuntos Financieros de la Sociedad de Derecho y Empresas Digitales (Sodital), el Reglamento de Financiamiento Participativo Financiero (Crowdfunding) trae consigo novedosas ventajas para los demandantes de capital (receptores) y los ofertantes de préstamos (inversionistas) con el objetivo común de maximizar sus recursos.

Indicó que los receptores podrán obtener préstamos para desarrollar sus proyectos, que en análisis tradicionales tienen alcance solo a entidades financieras o empresas; mientras que los inversionistas encuentran mayores opciones de diversificar sus inversiones en créditos o adquisición de valores a través muchas operaciones.

“La sociedad que administra la plataforma electrónica de Crowdfunding brinda exposición para que ambos se encuentren, además de valiosa información, procesamiento de datos y análisis de riesgos para una toma de decisiones”, dijo el especialista

Agregó que esta interacción irá progresivamente mejorando las condiciones financieras para los receptores.

“También ampliarán las posibilidades de inversiones para los que deseen rentabilizar sus recursos, producto de la competencia por nuevos proyectos personales o empresariales que se presenten en las plataformas”, puntualizó.

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Foto: Gestión

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