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Noticias destacadas – 26/10/2020

Lima, lunes 26 de octubre de 2020

CHILE VOTA POR EL CAMBIO

Nueva Carta Magna. El vecino país decidió reemplazar la Constitución heredada de la dictadura de Augusto Pinochet. La jornada se cerró con una masiva manifestación.

Los chilenos escribieron una nueva página en su historia al decidir por contundente mayoría reemplazar la Constitución heredada de la dictadura de Augusto Pinochet (1973 – 1990) y dar origen a una nueva Carta Magna, en un plebiscito que representa la votación más importante para ese país desde el retorno a la democracia en 1990.

Al cierre de esta edición, el voto por el «Apruebo» a cambiar la Constitución lideraba ampliamente con un 78% el recuento de la jornada electoral, según resultados oficiales con más del 76% de los votos escrutados. La opción «Rechazo» lograba 21%.

Adicionalmente, los votantes aprobaron el mecanismo de elección de la totalidad de 155 constituyentes que redactarán el nuevo texto, frente a la opción de un órgano mixto de ciudadanos con legisladores.

Desde antes del cierre de las mesas de votación, miles de personas llegaron con cacerolazos y banderas a la emblemática plaza Italia de Santiago, que ha sido el foco de las protestas sociales desatadas hace un año y que fue rebautizada por los manifestantes como Plaza de la Dignidad.

Fuente: Diario El Comercio

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SOCIEDADES DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO TENDRÁN MARCO JURÍDICO

Ley establecerá que con informe de gestión muestren impacto.

El Congreso aprobó una ley que establece el marco jurídico regulatorio para la sociedad de beneficio e interés colectivo (que deberá ser promulgada por el Ejecutivo). La denominada sociedad BIC es una persona jurídica societaria que se obliga por su voluntad propia a generar un impacto positivo, integrando a su actividad económica la consecución de un propósito de beneficio social y ambiental escogido..

La normativa establece que el estatuto de la sociedad BIC debe incluir, como artículo siguiente a que regule su objeto social, una descripción detallada del propósito de beneficio.

En ese contexto, además de los deberos previstos según los tipos societarios que dispone la Ley General de Sociedades, directores o administradores de una sociedad BIC deben velar por la real consecución del propósito del beneficio social y ambiental definido en el estatuto.

Y deben ponderar el impacto que sus acciones u omisiones tengan en los socios, los trabajadores, la comunidad, el ambiente local y global, y las expectativas a largo plazo de los socios en cuanto a la realización del objeto social y el propósito del beneficio.

Fuente: Diario Gestión

NDECOPI PODRÍA CONTROLAR LAS FUSIONES EMPRESARIALES DE OFICIO

Ley ahora considera dentro de los umbrales para el control previo de operaciones de concentración empresarial la suma total del valor de activos en el país de las empresas involucradas.

A pesar de que e noviembre del 2019, el Ejecutivo publicó un Decreto de Urgencia (DU) que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial, el Congreso aprobó hace solo unos días «su versión», con 86 votos a favor, 26 en contra y ninguna abstención (y se exoneró de segunda votación).

¿Qué plantea el texto? Entre lo aprobado, el artículo 6 (numeral 6.4) establece que la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi podrá atenuar de oficio en los casos en que haya indicios razonables para considerar que la operación de concentración pueda general posición de dominio o afecte a la competencia efectiva en el mercado relevante.

Fuente: Diario Gestión

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