Viernes 29 de Noviembre del 2019
El 21 de octubre último se publicó en el portal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la directiva 012-2019-OSCE/CD, que desarrolla disposiciones referidas a la constitución, administración y desarrollo de las Juntas de Resolución de Disputas (JDR), las cuales, como sabemos, son órganos independientes previsto en los contratos de obra suscritos con el Estado, y cuya función es prevenir y solucionar controversias que pueden darse en la ejecución contractual.
La importancia de este mecanismo de solución de controversias radica en evitar la paralización de los trabajos o del contrato. Adicionalmente, la JRD podrá desempeñar una función consultiva a solicitud de las partes para prevenir futuras controversias, aunque su opinión no será vinculante. Entre las Disposiciones Específicas contenidas en la Directiva, encontramos aquellas que son aplicables a los centros, desarrollándose los requisitos que estos deben cumplir, así como también las funciones con que cuentan (constitución de la JRD, custodia del expediente y envío de información al OSCE de manera trimestral).
También se establece el procedimiento de designación de los miembros de la JDR, ya sea que esté conformada por un solo miembro o tres, quienes deberán pertenecer a la lista del centro designado por las partes. Respecto de esta Directiva -que sustituye a una anterior del año 2016, la Directiva 020-2017-OSCE/CD-, es urgente la publicación. Contempla disposiciones que van de acuerdo con las modificaciones a la normatividad actual sobre contrataciones públicas. Por ejemplo, las referidas a la posibilidad de incorporar el acuerdo de solución de controversias a la JRD en un contrato ya suscrito, aun después del inicio de la ejecución de la obra.
Asimismo, a diferencia de la directiva anterior, la actual señala que este acuerdo se puede pactar de manera voluntaria en aquellos contratos de obra cuyos montos sean iguales o superiores a cinco millones de soles. También que, a partir de 2020, el sometimiento a las JRD es obligatorio en aquellos contratos de obra provenientes de procesos de selección cuyos montos sean superiores a 20 millones de soles.
FERNANDO NAKAYA VARGAS MACHUCA, Abogado Senior del Área Corporativa de TYTL Abogados
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