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Profesionales independientes: no basta

No basta con que nos retengan el 8% por Impuesto a la Renta (IR) sobre el importe de los recibos por honorarios que emitimos para considerar que hemos cumplido con la SUNAT.

Ese 8% que nos retienen, es un pago adelantado, ya que no conocemos a estas alturas del partido el monto del IR que adeudaremos al final del ejercicio. Ojo, no necesariamente implica un ahorro real, realmente la respuesta es: Depende. Tengamos presente que las tasas del Impuesto a la Renta para personas naturales oscilan entre 8% y 30% para este tipo de actividades, es decir, lo que no nos retienen hoy, lo pagaremos igual, pero en vía de regularización. Si necesitamos liquidez ahora, nos funciona bien el sistema como está, pero no perdamos de vista mas bien si llegado el final del ejercicio, podremos manejar el pago de regularización.

Además del dilema del ahorro, recordemos que cada mes debemos preguntarnos a nosotros mismos si debemos “completar” el monto de estos adelantos mensuales. No es necesario preguntarnos eso, si sobre todos los importes que hemos percibido, nuestros pagadores han retenido el 8% de cada sol, sin embargo, si percibimos ingresos no sometidos a retención, nosotros debemos declarar y pagar el 8% de esas rentas mensualmente a la SUNAT, salvo que, a) nuestros ingresos por rentas de cuarta categoría del mes no hayan superado S/ 3,135 , o, b) que uno haya obtenido la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta si en el 2020 los ingresos no superarán S/ 37,625.

Podría ser oportuno para los profesionales independientes, darnos un espacio para revisar nuestra tributación sobre rentas de cuarta categoría durante el ejercicio 2020, considerando las prórrogas de plazo dictadas en Estado de Emergencia (que alcanzaron a una gran cantidad de personas naturales), la posibilidad de subsanación voluntaria que nos permite acceder a rebajas importantes o incluso, la no aplicación de sanciones por infracciones cometidas durante el Estado de Emergencia. Queda claro entonces que no basta que nuestros clientes nos retengan el 8% de lo que nos pagan, para cumplir completamente con la SUNAT.

Indira Navarro Palacios -Socia Senior y Jefa del Área Tributaria de TYTL Abogados

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