Hace algún tiempo en esta columna periodística tocamos el tema referente a la regulación que reciben los animales de compañía, como los perros y gatos, en nuestro ordenamiento legal. Hoy a poco más de un año después, podemos observar que el panorama sigue siendo turbio y gris, puesto que solo en lo que va de este año de 2025 hemos sido testigos de sonados casos de maltrato animal, los cuales vienen acompañados de una indignante violencia y crueldad.
Recordemos que, en nuestro ordenamiento jurídico, los animales son considerados como ‘cosas’ a los cuales se les otorga más un valor económico antes que otorgarles un derecho propio para estos mismos.
Disposiciones legales, como la Ley N° 30407, promulgada en el año 2016, y sus posteriores modificatorias establecen disposiciones generales para la protección y bienestar de los animales, incluyendo a los animales de compañía. Entre sus disposiciones, prohíbe el maltrato, la crueldad y el abandono de animales, y establece sanciones que pueden incluir penas privativas de libertad y multas económicas.
Sin embargo, casi 10 años después esta normativa aun posee vacíos y zonas grises que hacen difícil su total aplicación y regulación, puesto que lejos de reducir los casos de maltrato animal, en los últimos años éstos han persistido e incluso el grado de violencia aplicado contra estos seres ha ido aumentando.
Un claro ejemplo, es el reciente sonado caso de un ciudadano de Trujillo, quien violentamente agitó contra el suelo a la perrita ‘Bianca’ hasta ocasionarle la muerte, lo cual según las pesquisas realizadas por las autoridades fue cometido como un acto de venganza en contra de su ex pareja. Para los lectores que hayan tenido la oportunidad de ver las imágenes de dicho acto, podrán confirmar que este suceso estuvo acompañado de una crudeza y violencia que sorprende a propios y extraños.
De esta situación podemos advertir las falencias y flaquezas que tienen las leyes en protección animal en nuestro país, puesto que, a más de dos semanas desde ocurrido el hecho, el agresor aun no ha podido ser ubicado, pese a la amplia cobertura que brindaron los medios de comunicación. Y resulta pues muy probable que dicha persona a la fecha ya no se encuentre en nuestro país y haya evadido las consecuencias de su accionar.
Asimismo, hace tan solo unos días atrás, también en la misma ciudad de Trujillo, tomamos conocimiento a través de los medios de comunicación que otro ciudadano acabó con la vida de un can atacándolo con ladrillos, sin embargo, en esta oportunidad la policía pudo detener al sujeto momentos después de cometido el acto, puesto que personal policial justamente se encontraba cerca de la zona.
Sin embargo, ambos escenarios nos dejan interrogantes sobre cómo se está empleando la legislación en protección animal y cómo se está ejerciendo su aplicación, puesto que, si bien en uno de los casos se pudo detener al sujeto por seguir en la escena de comisión del acto, en el otro, el sujeto infractor escapó y aun sigue en libertad.
Una incidencia directa en la falta de aplicación efectiva de la norma es justamente que, casi 10 años después, la Ley N° 30407 carece de un reglamento. Sin un reglamento, las autoridades no cuentan con directrices precisas sobre cómo aplicar la Ley, lo cual puede acarrear como consecuencia arribar a interpretaciones contradictoras o dificultades para proceder en casos justamente donde al agresor aun no pueda ser ubicado.
Abona a nuestra tesis el que justamente en el mes de abril del presente año, en esta misma ciudad de Lima, en el conocido parque Kennedy del distrito de Miraflores, un ciudadano el cual a la fecha se encuentra plenamente identificado, ordenó a sus canes atacar a los gatos que como es bien sabido, habitan en ese parque. Este incidente resultó en la muerte de al menos uno de los gatos que viven en dicho parque, sin embargo, pese a que la propia Municipalidad de Miraflores presentó la denuncia respectiva ante la fiscalía por este acto de crueldad animal, aun no ha habido éxito en la detención y posterior sanción a esta persona.
¿Queda claro entonces que a pesar de los avances legislativos y de la difusión de las normas en beneficio de los animales de compañía, aun existen varios obstáculos para obtener una aplicación efectiva de la Ley 30407, puesto que, resulta evidente que no basta solo la existencia de la Ley, sino también directrices orientadas hacia la educación y sensibilización del respeto a estos seres, las cuales deben iniciarse en las personas desde temprana edad, lo que permitirá un cambio de percepción y comportamiento de los ciudadanos frente a los animales, a largo plazo.
No podemos dejar de lado también lo importante y necesario que resulta reglamentar la Ley 30407, pues a casi 10 años desde su promulgación, la persistencia en los casos de maltrato animal no han disminuido, y tan solo un pequeño porcentaje de estos casos concluye con una sanción efectiva en aplicación de la norma, por lo que la promulgación de un reglamento para la Ley 30407 es esencial para asegurar una implementación efectiva y adecuada a las mascotas en el país.
Christian Pariona Merino, Abogado Asociado del Área de Solución de Conflictos – Procesal Civil de Torres y Torres Lara Abogados