Actualmente, el sector energético peruano viene experimentando una fuerte transición energética, donde la emoción inicial de la Política Energética Estatal por la promoción de proyectos fotovoltaicos y eólicos, ha dado paso a la necesidad de implementar tecnologías que permitan ganar confiabilidad en el suministro, antes que una solución de energías renovables no convencionales de naturaleza intermitente. Con lo cual, finalmente, se está buscando promover todas aquellas soluciones tecnológicas que permitan mejorar la confiabilidad del sistema eléctrico en su conjunto.
Sin embargo, la reacción del Estado ha resultado tardía, ya que el crecimiento de la demanda energética está superando a la oferta eficiente de energía, lo que llevará a un sostenido incremento en las tarifas eléctricas, lo cual, genera como principal problema, la falta de certidumbre en torno al costo eléctrico en el corto y mediano plazo.
De esta forma, cada vez son más las empresas industriales y mineras que optan por desarrollar proyectos para autoproducción de energía eléctrica, los cuales son de naturaleza híbrida, ya que suelen ser soluciones que combinan energía solar o eólica, con energía térmica a base de gas natural.
En mérito a lo anterior, el gas natural se ha vuelto un aliado de la transición energética, dada su alta confiabilidad y disponibilidad para poder ser utilizado en la producción de energía eléctrica, cuando el sol o el viento no se encuentran disponibles en cantidad suficiente, evitando de esta forma “paradas de planta intempestivas” u horas sin producción.
Hoy ya tenemos empresas como Ferrenergy que están próximos a terminar dos de estos desarrollos para el sector minero, mientras en el norte del país, existen diversos desarrollos para autoproducción de energía, que se vienen ejecutando por empresas EPC del sector eléctrico.
Esta tendencia, no es una moda pasajera, sino una necesaria respuesta del mercado frente a la cada vez menor oferta de generación eléctrica eficiente, que siendo desplazada por la demanda nacional, avizora un futuro y pronto incremento del costo de generación eléctrico, y esto hace que autoproducir genere mayores beneficios frente a la alternativa de tener que comprar la misma energía de un tercero.
Entre los principales beneficios que aporta la autoproducción de energía eléctrica están: (i) mayor control en los costos de generación eléctrica; (ii) posibilidad de un crecimiento modular de la producción industrial, según las necesidades del negocio, al no tener que depender directamente de la capacidad de la red eléctrica nacional (siempre y cuando se realice dentro del predio que consume la energía); y, (iii) es un activo que puede llegar a vender energía al Sistema Eléctrico Integrado Nacional o incluso a otros clientes libres (a través de generación distribuida), en caso ya no se requiera la energía para la actividad industrial para la que fue concebida, con lo cual se vuelve en una nueva fuente de ingresos potenciales.
Frente al anterior escenario, es que se están presentando cada vez más frecuentemente contratos de suministro eléctrico para clientes libres, donde el generador o distribuidor prohíbe o limita la “auto producción de energía”, de tal forma que se limitan los beneficios que esta pueda generar, durante la vigencia del contrato de suministro eléctrico.
En vista de ello, es indispensable hacer un planeamiento estratégico a mediano y largo plazo, que permita negociar los términos adecuados para un contrato de suministro eléctrico temporal mientras se desarrolla el proyecto de autoproducción, para que no perjudiquen los beneficios que se están buscando a través de la autoproducción.
De la misma forma, se deben de negociar las cláusulas específicas para que se distribuya de forma adecuada el riesgo de “operación y mantenimiento” en aquellos proyectos de “autoproducción” donde se haya tenido que financiar total o parcialmente la adquisición de los equipos que hacen parte de la Planta de Generación.
Finalmente, se tiene que documentar y establecer el procedimiento de traslado de la titularidad sobre los equipos de la planta de generación, en caso estos se mantengan en un fideicomiso, o bajo cualquier otra garantía o titular de tercero, para que una vez se produzca un incumplimiento del contrato o este concluya por cualquier causal distinta.
Todo lo anterior, ha de ser parte del Plan Estratégico de las empresas y de los presupuestos que estas están próximos a aprobar para el 2026, a efectos de reducir el riesgo de que “les apaguen la luz” en caso no estén preparados para hacer frente a los futuros costos incrementales de generación eléctrica.
Con ello, hoy se debe de contar con la capacidad y flexibilidad para ver las proyecciones que se tienen sobre el mercado eléctrico, y cómo estas impactarán en los planes de expansión de las empresas. Para ello, un análisis jurídico resultará insuficiente, si es que no viene acompañado de una consultoría financiera y técnica que permita identificar riesgos y oportunidades para una mayor eficiencia energética, que se traduzca en confiabilidad y ahorro para el sistema productivo de una empresa.
Bruno Vega Nuñez, Abogado Asociado y Líder del Área de Energía y Recursos Naturales de TYTL Abogados
