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Refugios temporales para mujeres violentadas: cuando la independencia te da la libertad

La violencia familiar es un fenómeno que no discrimina pues se presenta en todos los estratos sociales. Quizá, las estadísticas sean menores en la clase alta pero no porque no exista ese tipo de violencia, sino porque muchas veces no es denunciado por la errónea idea del miedo al “qué dirán”. Esta vez queremos centrarnos en la violencia que se produce en los estratos más bajos de nuestra sociedad; allí donde la mujer (la que es mayoritariamente vulnerada, sin dejar de reconocer que también existen hombres violentados), muchas veces con hijos, es maltratada física y psicológicamente y cuando desea escapar de dicha violencia se ve a sí misma y se pregunta: “Si me voy de mi casa, ¿quién cuidará a mis hijos? Si me voy con mis hijos, ¿cómo los mantendré?”.

Estos son los dos grandes problemas que hacen que, en muchos casos, la mujer se quede en casa y soporte sacrificadamente recibir maltratos día a día. Todo, por sus hijos. Alguna vez, hace muchos años (y lamentablemente el tema de la violencia familiar no pierde actualidad) escuchamos a un conocido periodista decir lo siguiente: “la independencia, te da la libertad”. Nada más cierto. Si esas mujeres violentadas tuvieran independencia económica, es decir, pudieran valerse por sí mismas, serían libres de dejar a quien las agrede para reiniciar una nueva vida solas (si no tienen hijos) o con los hijos que tengan. Mientras no cuenten con herramientas para mantenerse, seguirán en el círculo vicioso de la violencia.

El día martes 15 de noviembre de 2022, ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano la ley No. 31621, Ley que promueve servicios de protección temporal para víctimas de violencia familiar y sexual. Esta norma busca fortalecer los hogares de refugio temporal a fin de garantizar la protección y reintegración de las mujeres que son víctimas de violencia. En ese sentido, dictamina la responsabilidad de los Gobiernos Regionales y Locales de implementar y/o gestionar los hogares de refugio temporal, siguiendo tres criterios fundamentales:

1. Un criterio territorial: Se busca que en cada provincia se implemente un mínimo de un hogar de refugio temporal;
2. Un criterio poblacional: Se busca que, por cada 200,000 habitantes, exista por lo menos un hogar de refugio temporal y;
3. Un criterio de nivel de violencia: Se busca atacar, primordialmente, los lugares de un porcentaje alto de nivel de violencia severa.

Ahora bien, volviendo a lo señalado líneas arriba, las mujeres de escasos recursos, que no tuvieron la oportunidad en la vida de estudiar, prepararse, ser independientes (económicamente hablando), tendrán en esta iniciativa la posibilidad de salir de una situación de violencia y ser amparadas en estas casas de refugio, solas o con sus hijos.

Consideramos que se trata de una responsabilidad prioritaria que se ha materializado a través de esta Ley recientemente publicada, que debe tomarse con mucha seriedad, empezando por el Poder Ejecutivo, quien deberá, según la norma comentada, en un plazo de 60 días hábiles, establecer los mecanismos necesarios a fin de que las municipalidades provinciales y distritales accedan al Programa de incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, para que puedan implementar y equipar con bienes muebles los hogares de refugio.

Estas casas de refugio temporal deben ser aprovechadas adecuadamente para lograr el objetivo, que la mujer violentada pueda ser reinsertada a la sociedad, pero con herramientas claves que le permitan sustentarse en forma independiente para no tener -nunca más- que depender de un violentador. Para ello, no sólo debe tratarse de un refugio para que la mujer pernocte, sino que debe contar con la adecuada ayuda psicológica (por allí se debe iniciar la labor, lograr que la mujer comprenda, interiorice que es valiosa y que no puede vivir “atada” a un maltratador) y, solo luego, al sentirse bien consigo misma, enseñarle un oficio para que pueda defenderse en la vida; salir empoderada del refugio con la mirada en alto, lista para ejercer una independencia que finalmente le dará su libertad.

Estamos a menos de dos meses de iniciar una nueva gestión municipal, por lo que esperamos que las autoridades recientemente elegidas tomen esta iniciativa con la importancia debida y, asimismo, que ella no se quede solo a nivel público, sino que ONG y/o empresas privadas se sumen y, con capital propio, sigan esta misma ruta pudiendo implementar este tipo de refugios que bien gestionados proporcionarán a nuestras mujeres violentadas una luz al final de su camino.

Sylvia Torres Morales, Abogada y Socia de Torres y Torres Lara Abogados.

Leer la nota completa aquí.

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