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SPOTIFY VS. APPLE: La lucha por los consumidores de música

¿Charly García, en 2004, cantando “Seminaré bajo la lluvia” o Luis Miguel, en 2024, escapando de una llovizna luego de cantar “Cuando calienta el sol”? Depende de los likes.

Hace unos años, Martin Scorsese acusó a las compañías de streaming de atentar contra el cine al tratar a sus usuarios como consumidores y no como espectadores. Las personas ya no contemplan el arte, ahora consumen “contenido”. En el mundo digital, los artistas están viéndose reemplazados por un ejército de “creadores de contenido”, sin que reparemos en ello, como si estuviéramos en un capítulo de Black Mirror.

Sin embargo, el mercado, a diferencia del arte, funciona con transacciones comerciales y, específicamente los mercados digitales, con interacciones entre los usuarios respecto de los “contenidos” disponibles. Los criterios estéticos no siempre coincidirán con los criterios económicos, por eso es que ahora dos grandes “mercaderes de la música” están luchando por consumidores (no por oyentes), lo que llevó a que Europa multara con 1800 millones de euros a Apple por abuso de posición de dominio.

En 2019, Spotify denunció a Apple por establecer barreras a la competencia dentro del mercado digital de streaming, principalmente dijo que no permitía que Spotify (y otras aplicaciones) informaran a sus consumidores ofertas alternativas y menos costosas fuera de su App Store. Además, Apple enfrentó otros cuestionamientos ante la Comisión Europea por cobrar a los desarrolladores el 30 % de las suscripciones o de las ventas que realizaran en su tienda.

Lo que le está pasando a Spotify es lo que seguramente le ha pasado a miles de desarrolladores que sintieron que las reglas impuestas por Apple eran en realidad trabas para su libertad empresarial, solo que la primera es lo suficientemente grande como para que su voz se haya oído en esta oportunidad. Un mercado, en principio, debe regirse por la dinámica entre la oferta y la demanda, sin mayor intervención (eso es lo que postula el liberalismo económico, refiriéndose al Estado), pero si ese mercado (una tienda de aplicaciones) tiene dueño, ¿este debería tener el derecho de intervenir en el proceso competitivo?

Apple señala que los desarrolladores compiten en igualdad de condiciones dentro de App Store, pero que deben respetar el conjunto de reglas para que puedan “llegar a más de mil millones de dispositivos en todo el mundo”. Suena aparentemente lógico: una empresa crea una tienda de aplicaciones y diseña reglas para su acceso y permanencia. El beneficio de las aplicaciones es llegar a millones de usuarios. El beneficio del dueño de la tienda debería ser obtener comisiones por ello, ¿no?

Lo curioso es que Apple señala que el 86 % de aplicaciones no le paga ninguna comisión. Entonces, ¿cuál es realmente el beneficio que permite la subsistencia de App Store? Simple: la existencia de esa tienda no es un negocio en sí mismo, sino una necesidad para la venta de sus dispositivos. Muy pocos comprarían un iPhone si, a pesar de su calidad, tuviera solo aplicaciones de Apple y no la posibilidad de descargar tantas otras opciones que existen en el mundo, las que sí se pueden descargar en otros dispositivos.

Todo depende del enfoque: Apple no solo está permitiendo que las aplicaciones lleguen a millones de usuarios, en realidad está ofreciendo a sus propios usuarios miles de aplicaciones para que aprovechen de mejor forma los dispositivos que vende. Entonces, ¿aún así debería tener la potestad de fijar las reglas dentro de ese mercado? La respuesta es que, incluso si no fuera de ese modo, cualquier mercado (digital o no) debe buscar la confluencia entre la eficiencia económica y el bienestar de los consumidores. Por ello, la intervención del dueño de App Store solo debería abarcar la convivencia (como cualquier mercado de dos lados), pero no las reglas de la competencia entre las aplicaciones.

Ahora veamos el otro lado: ¿cuál sería el motivo de las restricciones de Apple, según Spotify? Apple Music, competidor suyo y de otras aplicaciones de transmisión de música, no tendría las restricciones que enfrentan las demás, porque es “de la casa”. Podríamos decir, por lo tanto, que la batalla que encabeza la aplicación sueca ya no sería (solamente) por la libertad de todos los desarrolladores en App Store, sino por mantener (o incrementar) su propia posición dominante en el mercado específico de transmisión digital de música, ya que actualmente tiene el 56 % del mercado europeo (más del doble de su competidor más cercano), según Apple.

Este es, entonces, el combate que estamos presenciando: (i) Apple quiere defender la posición dominante que tiene sobre el mercado de aplicaciones en sus dispositivos, posiblemente para mejorar la posición competitiva de Apple Music dentro de ese mercado y (ii) Spotify quiere bloquear la posición dominante de Apple en el mercado de aplicaciones, posiblemente para defender su propia posición dominante en el mercado de transmisión digital de música.

Cualquiera sea la forma en la que acabe la batalla, más allá de las trincheras estamos los usuarios de este servicio, confiando (porque no nos queda de otra) en que los resultados sean beneficiosos para nuestros intereses y podamos tener (quizá esta vez sí) verdadera libertad de elección: no de escoger entre dos alternativas que nos ponen en frente, sino de poder tener acceso a todas las alternativas posibles y con igualdad de condiciones.

La competencia, como podemos ver, no es un tema solo de las empresas, sus efectos nos incumben más de lo que pensamos. Como dice García y La máquina de hacer pájaros: “con los ojos cerrados no vemos más que nuestra nariz”. Es necesario que miremos críticamente los titulares, no se trata solo de una sanción contra Apple, se trata también de lo que hay detrás de eso. Finalmente, podemos decir que la posición de dominio no es necesariamente mala, solo hay que recordar lo que ya dijo el tío Ben: “un gran poder conlleva una gran responsabilidad”.

Christian Guzmán Arias, Abogado Asociado Senior y Líder del Área de Competencia y Buenas Prácticas de Mercado de Torres y Torres Lara Abogados

Fuente: Expreso 

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