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Sunat sancionará por no exhibir libros o registros en una fiscalización

14 octubre 2019

La norma de la Sunat establece que las sanciones se volverán a aplicar cuando se detecte una acción inductiva desde el 15 de octubre.

La Sunat sancionará las infracciones por no exhibir libros, registros y otros documentos o no comparecer, relacionadas a acciones inductivas, indicó Joaquín Chávez, abogado tributario del Estudio Torres y Torres Lara Abogados.

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A partir de mañana, mediante resolución N° 048-2019-Sunat/700000, publicado el día de hoy en El Peruano, se dispuso que la Sunat dejará sin efecto la facultad discrecional de no sancionar las infracciones por no exhibir libros, registros, u otros documentos que solicite el fisco; o por no comparecer o hacerlo fuera del plazo establecido.

El tributarista explicó que la administración tributaria adoptó esa decisión ya que antes de que se aplicará la facultad discrecional las acciones inductivas producían un mejor efecto respecto a la regularización de las obligaciones tributarias.

«Con dichas facilidades; es decir, al dejarse de aplicar sanciones por las citadas infracciones ha disminuido su efectividad», comentó Chávez.

Joaquín Chávez Hurtado – Miembro  del Área Tributaria de TYTL Abogados.

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