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¿Y … si no pago el REACTIVA?

Algunas pequeñas y medianas empresas tuvieron la suerte de acceder al Reactiva, el cual constituyó un gran apoyo financiero en un momento de crisis. En efecto, el obtener liquidez a la tasa más baja jamás soñada, con un periodo de gracia de uno o dos años, eran condiciones espectaculares que no se podían dejar pasar.

Sin embargo, se trataba de una deuda que la empresa asumía y si bien era una deuda bajo condiciones de pago extremadamente bondadosas, seguía siendo una deuda (pasivo) que en un momento dado tendría que ser honrada mes a mes hasta su total cancelación.

Para muchas empresas, estas cuotas de pago del Reactiva ya comenzaron o están por comenzar. En el caso de las empresas que accedieron al Reactiva sin necesitarlo, no tendrán ningún problema con su devolución, pues incluso el monto recibido lo mantienen intacto en alguna cuenta ganando mayores intereses que los que pagarán por el Reactiva.

Por otra parte, las empresas que gracias al Reactiva y a otros factores (mercado, reestructuración interna, aporte de socios, reducción de costos, etc.) han podido seguir adelante con una operación económicamente viable, probablemente tampoco tendrán mayores problemas en cumplir periódicamente con el pago de su deuda, manteniendo de esta manera un buen “historial crediticio”.

Pero aquellas pequeñas y medianas empresas en las que el Reactiva no fue suficiente para sacarlas adelante y que sus ingresos actuales no alcanzan para cubrir los gastos mensuales (con los problemas de pago que ello genera) y que mantienen importantes resultados negativos, al extremo incluso de estar actuando en el mercado con patrimonio negativo como sociedades irregulares… se están preguntando….. ¿Y si no pago el Reactiva?… Total… era el Estado quien garantizaba el pago, ¿no?
Mucho cuidado. Si bien el crédito Reactiva goza de una garantía estatal (por ello, la baja tasa de interés y condiciones crediticias muy ventajosas), el deudor principal sigue siendo la empresa beneficiada con el crédito obtenido y la institución del sistema financiero que efectuó el desembolso se obligó ante el Estado a realizar todas las acciones de cobro.

Es decir, el banco le cobrará a la empresa, pues la deudora principal, como repetimos, es ella. Si la empresa no paga, el banco acudirá al Estado (Cofide) para que -como garante- asuma la parte de la deuda que garantizó, la cual va desde el 80% al 98% dependiendo de los montos de los créditos desembolsados.
Pero independientemente de que el Estado asuma su parte, pagándole al banco el 80%, 90%, 95% o 98% que garantizó, el banco llevará a cabo todas las acciones de cobranza que resulten necesarias para recuperar el 100% de crédito. Y como hemos señalado, el banco procederá a cargar el importe total de la deuda Reactiva incumplida por la empresa en las cuentas que tenga en el propio banco, iniciará embargos de otras cuentas que tenga la empresa en el sistema financiero, embargará activos, propiedades, derechos de la empresa deudora, etc.
Sin embargo, la historia no termina ahí….. En todos los casos del Reactiva, el banco para desembolsar el crédito otorgado, no solo exigió que la empresa (a través de sus representantes con facultades para obligarla), celebrarán el contrato de crédito y se obligarán a devolver el monto prestado más sus respectivos intereses y comisiones, sino que también exigieron que los principales accionistas (y sus cónyuges) participen a título personal como fiadores, es decir, como “garantes” de la empresa.

En buen romance, los socios y sus cónyuges declararon, libre y voluntariamente que, si la empresa no cumplía con pagar el Reactiva en el tiempo y forma pactado, ellos lo harían con su patrimonio personal. En consecuencia, revise su contrato y observará que el crédito que recibió la empresa tiene un deudor principal (la empresa) y como garantes a todos los fiadores que firmaron el contrato e incluso el Pagaré Incompleto que se anexaba.

Entonces…. ¿Y si no pago el Reactiva?… El banco iniciará las acciones legales no solo contra la empresa (como deudora principal) sino también de manera conjunta contra todos los fiadores (socios y cónyuges) que hayan garantizado el pago de la deuda.

La responsabilidad que han asumido los fiadores es solidaria, lo que significa que el banco puede dirigirse contra todos a la vez (empresa y fiadores), contra algunos (p.e. fiadores con mayor patrimonio), o actuar primero contra algunos y luego contra otros. Asimismo, esta fianza que otorgaron los fiadores es “sin beneficio de excusión”, lo que significa que el banco no tiene que atacar primero el patrimonio de la empresa deudora hasta agotarlo, sino que puede ir directamente contra el patrimonio personal de los fiadores.

Es más, si la empresa decide iniciar un procedimiento concursal o alguno de sus acreedores le inicia el procedimiento, el patrimonio de los fiadores solidarios estará fuera de la protección patrimonial que este tipo de procedimiento ofrece, por lo que el banco tendrá la facultad de solicitar el pago a los fiadores solidarios.

Por lo expuesto, si está pensando dejar de pagar el Reactiva y dedicarse a otra actividad (o a la misma bajo una nueva empresa), tenga presente que no sólo está comprometido el patrimonio de la empresa, sino que también está comprometido el patrimonio personal de cada uno de los fiadores que garantizaron el pago del Reactiva.

Carlos Torres Morales, Socio Principal de TYTL Abogados y Especialista en derecho societario, cooperativo y asociativo

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